Un plan de pensiones es una herramienta de previsión para el futuro pero, también, es una de las herramientas que utilizan los españoles para beneficiarse de la ventaja fiscal que ofrecen: descontar de la base imponible del Impuesto de la Renta a las Personas Físicas (IRPF) la cantidad aportada durante el ejercicio al plan de pensiones. Este año, además, es más especial porque es la última vez que los españoles contarán con la posibilidad de deducirse hasta 8.000 euros anuales, ya que a partir del 1 de enero de 2121 el máximo se limita hasta los 2.000 euros anuales.
Una de las mayores ventajas de los planes de pensiones para los españoles ha sido siempre la posibilidad de deducirse en el IRPF de la Declaración de la Renta hasta 8.000 € de la cantidad anual aportada durante el año, o el 30% de la suma de rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. Pero esta cantidad cambia a partir del 1 de enero y se reduce a un importe máximo de hasta 2.000 euros anuales. Y, esto para los bolsillos de los españoles supone un menor ahorro en impuestos, de hasta 3.600 euros se reducirá a 900 euros a partir del próximo ejercicio.
Veámoslo con un ejemplo. Imagina que Paula tiene un buen trabajo y soporta el tipo máximo de IRPF, el 45%. Hasta el 31 de diciembre de 2020, en el caso de que aportase 3.500 euros a su plan de pensiones, la deducción sería de casi la mitad, con 1.575 euros. Si aportase 8.000 euros, el máximo, el ahorro fiscal alcanzaría los 3.600 euros. A partir del 1 de enero de 2021, solo podrá descontar hasta 2.000 euros máximo y el ahorro fiscal pasará a ser de 900 euros.
¿Cómo actuar antes del 31 de diciembre?
- Si no tienes un plan de pensiones, contrata uno a tu medida
La primera opción, si todavía no tienes un plan de pensiones, puede ser contratar uno que se adapte a tu perfil, a tu edad y a tus necesidades concretas.
Tomar la decisión de contratar un plan de pensiones implica realizar un análisis previo sobre tu capacidad financiera actual y la previsión de cómo será una vez te jubiles. Para ello, puedes hacer uso del simulador para realizar una estimación de la Pensión Pública en el momento de tu jubilación y cuánto deberías aportar a tu planes de pensiones para complementar dicha pensión.
- Si ya tienes plan de pensiones, realiza la aportación que te falta
Si ya cuentas con un plan de pensiones, revisa cuánta cantidad de dinero has aportado a lo largo del año 2020. Si no has alcanzado el máximo permitido para descontar de la base imponible del Impuesto de la Renta a las Personas Físicas (IRPF) en tu próxima Declaración de la Renta, hasta 8.000 €, piensa en cuánto dinero puedes destinar a esta herramienta de previsión. Este año será el último en que puedas llegar a deducir esta cantidad, ya que a partir del 1 de enero de 2021 la cantidad máxima a reducir se limita a 2.000 € anuales.
Una posición cómoda para los clientes con planes de pensiones es ir realizando aportaciones periódicamente para evitar tener que realizar grandes desembolsos a final de año. Los datos muestran cómo en España los ciudadanos siguen realizando la mayor parte de las aportaciones a sus planes de pensiones en el último trimestre de cada ejercicio. Pero poco a poco esta tendencia va cambiando y cada año más ciudadanos prefieren diversificar esfuerzo y realizar sus aportaciones mes a mes, de forma automática.
Este año, gracias a Seguros RGA, los clientes de las entidades de Grupo Caja Rural pueden participar en el sorteo de diferentes regalos por las aportaciones que hayan realizado a sus planes de pensiones durante 2020.
- Seguros RGA te ofrece ventajas por trasladar tu plan de pensiones a Caja Rural
Este año, además, desde Seguros RGA te ofrecen una serie de beneficios como, por ejemplo, una bonificación en el propio plan de pensiones que traslades desde otra entidad a Caja Rural. Además, participarás en el sorteo de diferentes regalos. Puedes encontrar más detalles en la propia página informativa de Seguros RGA, “Es una sabia decisión” o, si eres cliente, en la web comercial de tu entidad de Grupo Caja Rural.
¿Qué plan de pensiones elegir?
Existen muchos tipos distintos de planes de pensiones, en función de tu edad y de tus posibilidades de ahorro. Gracias a Seguros RGA, en tu entidad de Grupo Caja Rural puedes encontrar opciones para:
- Personas próximas a la jubilación, mayores de 56 años, que desean una herramienta de previsión que suponga el menor riesgo posible. Como, por ejemplo, Planes de Renta Fija o, con un porcentaje mínimo de variable.
- Personas entre 41 y 55 años, donde pueden asumir algo más de riesgo pero sin excederse. En estos casos, desde Seguros RGA ofrecen Planes de Renta Mixta con pueden elegir entre un 20 % en activos de renta variable y, en función de su interés y perfil de riesgo, elegir hasta un 75% en activos de renta variable.
- Personas entre 20 y 40 años, que sí han decidido buscar un complemento a su pensión pública futura y se han decantado por un Plan de Pensiones. Para estos casos, en Seguros RGA podemos encontrar una gran variedad de Planes de Renta Variable. Incluso, para ciudadanos con un perfil de riesgo muy agresivo, existen Planes de Renta Variable Europea que invierte en valores que componen el índice Eurostoxx 50.
¿Te preocupa cómo retirar el capital de tu plan de pensiones?
Es importante conocer las condiciones para poder realizar el rescate de un plan de pensiones sin dificultades. Esto es lo que se conoce como la tributación del rescate, que puede realizarse pasados diez años desde la primera aportación en función de una serie de supuestos, como la invalidez permanente, una enfermedad grave o por desempleo de larga duración.
Sin embargo, como los fondos se consideran rendimientos del trabajo, debes tener en cuenta que los impuestos a pagar aumentan. Es importante que decidas el tipo de rescate que vas a llevar a cabo con tiempo. Hoy los ciudadanos pueden seguir alguna de las siguientes modalidades:
- En capital: El cobro se produce de una sola vez.
- En forma de renta: Tú eliges la periodicidad del rescate, que puede ser mensual, trimestral, anual…
- De forma mixta: Al igual que el anterior, esta es una forma de rescate parcial. La diferencia es que combina las dos modalidades anteriores en una sola.
- En forma de renta vitalicia: La aseguradora percibe la totalidad de los derechos en el momento del rescate y paga al partícipe una renta hasta su fallecimiento.
Además, los ciudadanos no están obligados a retirar el dinero cuando llegue tu jubilación. Puedes continuar con las aportaciones el tiempo que necesites, beneficiándote de la desgravación en el IRPF que esté permitido en ese momento hasta que llegue el momento del rescate.