Una década para cumplir con los objetivos de la Ley de Cambio Climático

Con la Ley de Cambio Climático España prevé alcanzar la neutralidad de las emisiones de gases de efecto invernadero, a más tardar, en el año 2050
ActualidadSostenibilidad9 julio, 202032529 min

El pasado mes de mayo, el Gobierno envió a las Cortes el primer proyecto de ley de Cambio Climático y Transición Energética (PLCCTE). Se iniciaba así la tramitación parlamentaria de una legislación con la que España prevé alcanzar la neutralidad de las emisiones de gases de efecto invernadero, a más tardar, en el año 2050.

 

Tal y como se recoge en el proyecto de ley, el objeto de la misma es asegurar el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo de París, adoptado el 12 de diciembre de 2015, firmado por España el 22 de abril de 2016 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 2 de febrero de 2017; facilitar la descarbonización de la economía española, de modo que se garantice el uso racional y solidario de nuestros recursos; promover la adaptación a los impactos del cambio climático y la implantación de un modelo de desarrollo sostenible que genere empleo decente.

 

La ley pone en el centro de la acción política la lucha contra el cambio climático y la transición energética, como vector clave de la economía y la sociedad para construir el futuro y generar nuevas oportunidades socioeconómicas.

 

Objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero

  1. Para el año 2030:
    1. Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero del conjunto de la economía española en, al menos, un 20% respecto del año 1990.
    2. Alcanzar una penetración de energías de origen renovable en el consumo de energía final de, al menos, un 35%.
    3. Alcanzar una sistema eléctrico con, al menos, un 70% de generación a partir de energías de origen renovable.
    4. Mejorar la eficiencia energética, disminuyendo el consumo de energía primaria en, al menos, un 35%, con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria.
  2. A más tardar en el año 2050: España deberá alcanzar la neutralidad climática, con el objeto de dar cumplimiento a los compromisos internacionalmente asumidos, y sin perjuicio de las competencias autonómicas, y el sistema eléctrico deberá estar basado, exclusivamente, en fuentes de generación de origen renovable.

 

Todos estos objetivos, que sólo podrán ser revisados al alza, están alineados con los de la Unión Europea. E incluso, los superan, ya que el objetivo de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero a 2030 es coherente con el aumento de ambición que se ha fijado la Comisión Europea para dicho año, que pasaría del actual 40% respecto a 1990 a un objetivo situado en una horquilla de entre el 50% y el 55%.

 

Como instrumentos de planificación para abordar la transición energética, la ley recoge los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima y la Estrategia de Descarbonización a 2050 de la Economía Española.

Una década para cumplir con los objetivos de la Ley de Cambio Climático

La Ley de Cambio Climático y el sistema financiero

Como sector que también debe contribuir a reducir las emisiones, a partir del año 2023, junto con las obligaciones de información, las entidades de crédito deben publicar objetivos específicos de descarbonización de su cartera de préstamo e inversión alineados con el Acuerdo de París. En el articulado de la ley se detalla el contenido de este informe, que está en línea con las recomendaciones del Grupo de Trabajo del G20 sobre ‘Divulgación de información financiera relacionada con el cambio climático’, incluyendo su planificación financiera. Asimismo, se prevé que el Banco de España, junto con la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, elabore un informe sobre la evaluación del riesgo para el sistema financiero español derivado del cambio climático.

 

Las instituciones financieras internacionales están apoyando y demandando nuevos requerimientos de divulgación y evaluación de riesgos y oportunidades asociadas al cambio climático, donde las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre ‘Divulgación de información financiera relacionada con el cambio climático’ (Taskforce on Climate Related Financial Disclosures), promovido en 2015 por el Financial Stability Board (FSB), para responder a los riesgos que el cambio climático crea en la estabilidad financiera en el contexto de la economía global, están sentando las bases de muchas de las iniciativas que se están poniendo en marcha. Estas iniciativas se basan en la existencia de un creciente reconocimiento de la correlación positiva entre la gestión de los riesgos climáticos, la creación de valor a largo plazo y el poder de los mercados. La ley da respuesta al interés creciente del sector financiero por las finanzas verdes y constata la reorientación de las estrategias de la banca y del mundo financiero del siglo XXI.