Son muchas las preguntas a responder cuando nos lanzamos a empezar una actividad económica por cuenta propia. Además de conocer las alternativas disponibles para conseguir la financiación necesaria, una de las primeras decisiones que debemos tomar está directamente relacionada con la forma jurídica que tendrá nuestro negocio: ¿Autónomo o SL?
¿Cuál es la diferencia entre un autónomo y una SL?
Antes de liarnos la manta a la cabeza y tomar determinación por una u otra alternativa, debemos informarnos adecuadamente y conocer cuáles son las diferencias entre ambas modalidades. Una vez conocidas estas, es importante que sepas que no hay decisión correcta o incorrecta, sino una más adecuada que otra, en función de tus circunstancias personales.
Por ejemplo, una de las principales diferencias entre ser autónomo o constituir una SL es la responsabilidad y la necesidad de disponer de un capital social mínimo. Es decir, mientras que para iniciar tu actividad económica en el régimen de trabajadores autónomos tan solo es necesario que te des de alta en el mismo, para constituir una SL necesitas un capital financiero mínimo de 3.000 euros. En el caso de una Sociedad Anónima el capital aún es todavía mayor: puede constituirse a partir de 60.000 euros.
Volviendo a las diferencias entre un autónomo y una SL, la responsabilidad social es sin duda una de las más importantes. Este apartado hace referencia a que la responsabilidad del autónomo es ilimitada y la de la SL, como su propio nombre indica, es limitada. Esto quiere decir que, en caso de deudas frente a terceros, el autónomo debe responder con todo su capital personal. Por el contrario, ante las mismas circunstancias, una SL sólo respondería con el patrimonio de dicha sociedad, respetando los bienes personales y familiares de los socios implicados.
¿Cómo y cuándo pasar de autónomo a SL?
Si llevas varios años trabajando como autónomo y has visto que tu negocio no ha parado de crecer durante este tiempo, quizás sea el momento de cambiar de forma jurídica y constituir tu propia SL. Sin embargo, pasar de ser una persona física a una persona jurídica no es una decisión fácil que debamos tomar a la ligera.
Para tomar la decisión de la forma más objetiva posible, lo ideal es que valores si vas a sacar provecho a las ventajas que ofrece ser una sociedad limitada. Si, por ejemplo, estás en el punto de ampliar tu mercado constituir una SL puede ser una buena alternativa ya que las sociedades limitadas tienen acceso a mejores oportunidades de financiación que los autónomos.
Igualmente, debes valorar cuál es la cuenta de resultados de tu negocio. Para saber si los beneficios fiscales de una sociedad limitada te benefician, en primer lugar, debes acudir a una asesoría donde un experto evalúe si tu base imponible está por encima de los 41.400 euros. De ser así, puede que sí te compense dar el paso porque a partir de ciertos ingresos anuales, la cantidad a pagar de IRPF se iguala al impuesto de sociedades (25%).
Es decir, lo más recomendable es que constituyas una SL cuando seas un autónomo con unos ingresos elevados y constantes a lo largo del tiempo.
¿Autónomo o SL? ¿Qué es mejor?
Tal y como mencionábamos unas líneas más arriba, no es mejor ni peor ser un autónomo o una SL. Cada forma jurídica ha sido creada para satisfacer las necesidades de un tipo de empresario concreto. De este modo, mientras que a un fontanero sin empleados y unos ingresos anuales en torno a los 28.000 euros le interesa más seguir siendo trabajador autónomo, a una pyme de desatranques con 5 empleados y 120.000 euros de beneficios anuales, le interesa más constituirse como SL.
En esta línea cabe matizar también que, de la misma forma que constituir una SL tiene más ventajas desde el punto de vista de la responsabilidad frente a terceros, esta modalidad jurídica también conlleva más desembolso inicial. Además de los 3.000 euros de capital social requeridos, tener una sociedad limitada conlleva más quebraderos de cabeza en materia de contabilidad.
Desde el punto de vista del papeleo un trabajador autónomo está obligado a tener:
- Un libro de registro de las facturas emitidas.
- Un libro de registro de las facturas recibidas y los gastos.
- Presentar las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF.
Por su parte, una sociedad limitada, además de contar con los registros anteriores, también está obligada a redactar un libro de cuentas anual donde queden reflejados los balances, las perdidas, las ganancias, así como una memoria. Desde el punto de vista impositivo, la SL tributa en el impuesto de sociedades.
En resumen, antes de tomar ninguna decisión, conviene tener presente que dejar de ser autónomo para constituir una sociedad limitada es sinónimo de dejar de ser una persona física y convertirse en una jurídica, con todos los pros y contras que ambas modalidades tienen.
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