Autónomos: así es el nuevo sistema de cotización a la seguridad social

Mucho se está hablando este año del nuevo sistema de cotización para autónomos. Un nuevo modelo que entrará en vigor el 1 de enero de 2023, por el que los autónomos cotizarán en función de sus rendimientos netos.
Empresas19 septiembre, 2022340417 min

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A partir del próximo año, los trabajadores por cuenta propia cotizarán según sus ingresos reales, con una cuota mensual que variará en función del tramo en el que se encuentren. En total, se establecerán 15 tramos durante los próximos tres años. En este artículo te explicamos cómo afectará la normativa a los autónomos y cómo pueden calcular la cuantía que abonarán, mensualmente, a la Seguridad Social.

Cambios en el nuevo sistema de cotización de autónomos

Tras varios meses de negociación, el Ejecutivo ha dado luz verde a un nuevo Real Decreto-ley mediante el que se aprueba la entrada en vigor de un nuevo sistema de cotización para los autónomos basado en los rendimientos netos. Es decir, los autónomos pagarán una cuantía mensual a la Seguridad Social en función de sus ingresos reales. Sin embargo, no será una implantación radical, sino que se realizará de forma progresiva en función de los rendimientos netos. Así, los autónomos deberán comunicar a la Seguridad Social en qué tramo se encuentran, en función de la previsión que estimen de su negocio.

⮞ ¿Cuándo entra en vigor la nueva cotización?

Según el Real Decreto-ley aprobado, el nuevo sistema de cotización se acometerá progresivamente entre 2023 y 2025 de la siguiente forma:

  • En 2023, la cuota mínima será de 230 euros y la máxima será de 500 euros.
  • A partir de 2024, la cuantía mensual oscilará entre 225 y 530 euros.
  • En 2025, la cuota de los autónomos variará entre los 200 y los 590 euros.

Sistema de 15 tramos y flexibilidad de cambio

Para saber en qué tramo se encuentra cada autónomo, es importante tener en cuenta que la referencia es el rendimiento neto. Es decir, el resultado de restar los ingresos menos los gastos derivados de cada actividad profesional y siempre que sean necesarios para que el autónomo genere ingresos.

A esa cantidad se le aplica una deducción por gastos genéricos del 7% -que será del 3% en el caso de autónomos societarios-, dando como resultado la base que deberá tomar como referencia para estimar en qué tramo se encuentra.

La comunicación sobre el tramo de cotización correspondiente se realizará en base a previsiones de negocio. Los autónomos podrán cambiar su tramo de cotización un máximo de 6 veces al año, cada dos meses.

Al finalizar el ejercicio, los autónomos deberán regularizar la cotización en función de sus rendimientos netos reales. ¿Qué significa esto? Que, al finalizar el ejercicio, los autónomos tendrán que devolver o reclamar las cuotas siempre que el tramo de rendimientos netos finales se sitúe por debajo o por encima del que han estimado en las previsiones anuales.

Acuerdo para la cotización de autónomos

Los autónomos deberán calcular en qué tramo se sitúan según sus ingresos reales. Según contempla el acuerdo, los tramos quedan de la siguiente forma:

2023 2024 2025
TRAMO BASE CUOTA BASE CUOTA BASE CUOTA
670 € o menos 751,63 230 735,29 225 718,95 200
Entre 670 y 900 € 849,67 260 816,99 250 784,31 220
Entre 900 y 1.125,90 € 898,69 275 872,55 267 849,67 260
Entre 1.125,90 y 1.300 € 950,98 291 950,98 291 947,71 290
Entre 1.300 y 1.500 € 960,78 294 960,78 294 960,78 294
Entre 1.500 y 1.700 € 960,78 294 960,78 294 960,78 294
Entre 1.700 y 1.850 € 1.013,07 310 1.045,75 320 1.143,79 350
Entre 1.850 y 2.030 € 1.029,41 315 1.062,09 325 1.209,15 370
Entre 2.030 y 2.330 € 1.045,75 320 1.078,43 330 1.274,51 390
Entre 2.330 y 2.760 € 1.078,43 330 1.111,11 340 1.356,21 415
Entre 2.760 y 3.190 € 1.143,79 350 1.176,47 360 1.437,91 440
Entre 3.190 y 3.620 € 1.209,15 370 1.241,83 380 1.519,61 465
Entre 3-620 y 4.050 € 1.274,51 390 1.307,19 400 1.601,31 490
Entre 4.050 y 6.000 € 1.372,55 420 1.454,25 445 1.732,03 530
Más de 6.000 € 1.633,99 500 1.732,03 530 1.928,10 590

Mejoras del nuevo plan de autónomos

Además de lo que hemos visto hasta ahora, la normativa relacionada con la cotización de los autónomos a la Seguridad Social incorpora otras novedades:

⮞ Cambio en la tarifa plana para nuevos autónomos

La denominada ‘tarifa plana’ que estipula una cuantía mensual más reducida para los nuevos autónomos durante el primer año de actividad se situará en 80 euros. Esta cuantía será única para todos los nuevos autónomos durante los 12 primeros meses, sean cuales sean sus ingresos reales. A partir del mes 13 y durante los siguientes 12 meses, los autónomos cuyos rendimientos netos sean inferiores al salario mínimo continuarán pagando 80 euros al mes. En cambio, los que superen la cuantía del salario mínimo, pasarán a cotizar según sus ingresos reales en función de su tramo correspondiente.

⮞ Desgravación en el plan de pensiones

La normativa aprobada contempla también una novedad con respecto al plan de pensiones, y es que los autónomos tendrán la oportunidad de desgravarse un 10% de lo que aporten a su plan de pensiones en la declaración del IRPF.

⮞ Prestación por cese de actividad

Tras la experiencia derivada de la pandemia y la erupción del volcán en La Palma, que afectó a múltiples autónomos, el Ejecutivo ha optado por ampliar las modalidades del cese de actividad para ofrecer una mayor cobertura ante posibles contingencias. El objetivo es adaptar a los autónomos la protección que tienen los trabajadores asalariados con el sistema RED. El texto legal contempla:

  • Cese de actividad parcial para autónomos (con y sin trabajadores).
  • Cese temporal parcial por causa de fuerza mayor.

Así, se impone una prestación del 50% de la base reguladora compatible con otra actividad. Es decir, los autónomos podrán cobrar de 4 meses a 2 años sin necesidad de darse de baja en el RETA y sin cerrar su negocio. No obstante, será imprescindible acreditar una disminución del 75% de los ingresos en el caso de aquellos negocios que no tengan trabajadores asalariados. ¿Y los autónomos que emplean a trabajadores? En este caso, será necesario cumplir este requisito durante dos trimestres, en los que haya una reducción de jornada o rescisión de contratos que afecten al 60% de los trabajadores. Además, los ingresos no deben superar el salario mínimo.

⮞ Máximo de cotizaciones para autónomos de más de 47 años

Por último, cabe señalar que, a partir de 2023, el máximo de cotizaciones para los autónomos de más de 47 años se eliminará. De esta forma, se suprime la prohibición que, hasta ahora, tenían muchos autónomos para cotizar por bases superiores.

Caja Rural, un apoyo incondicional para los autónomos

Ante el nuevo escenario social, y la incertidumbre económica que se plantea de cara a los próximos meses, cualquier ayuda es bienvenida para los autónomos.  Desde el Grupo Caja Rural ponemos a disposición de los trabajadores por cuenta propia nuestro servicio Rural Confirming para autónomos, con el objetivo de simplificar la gestión de las facturas y los pagos a proveedores. Este servicio facilita la notificación y tramitación de las facturas, y además, permite ofrecer un anticipo inmediato de las mismas.

Si tienes un negocio, en Caja Rural podemos ayudarte facilitándote la gestión contable, de forma que tú no pierdas más tiempo del necesario en ella y puedas centrar tus esfuerzos en tu negocio.

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