Pensar en heredar no es algo que hagamos habitualmente. De hecho, es una situación en la que ninguno queremos vernos envuelto por lo que implica. Sin embargo, tenerlo planificado fiscalmente puede ayudarnos a pagar menos impuestos. Por ello, hoy vamos a ver diferentes formas de ahorrar ante una herencia.
¿Sabías que más de cien españoles renuncian cada día a una herencia por no hacer frente a los impuestos? Según los últimos datos del Consejo General del Notariado, en 2017 fueron más de 42.987 los españoles que renunciaron a convertirse en herederos. Una renuncia que se debe, principalmente, al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Este tributo en concreto es regulado por cada comunidad autónoma, por lo que el tipo impositivo, es decir, el importe a pagar, puede ser diferente en cada región.
A la hora de heredar, cada comunidad es un mundo. Además, es importante saber que se tienen en cuenta las normas de la comunidad autónoma en la que más tiempo residió el fallecido en sus últimos cinco años de vida. Pero, también, entran en juego otros factores como el grado de parentesco con el difunto; las ‘dimensiones’ de la herencia -cuanto más grande sea, más se paga-; el número de herederos y si éstos son menores o discapacitados.
¿Cómo ahorrar ante una herencia?
Una de las mejores alternativas para evitar renunciar a una herencia es adoptar ciertas decisiones antes del fallecimiento. Con el objetivo de reducir la fiscalidad lo máximo posible, podemos:
- Repartir entre varios herederos. El Impuesto de Sucesiones, como te hemos explicado, es un tributo progresivo. Es decir, cuanto más se recibe, más se paga. Por ello, es aconsejable dividir la herencia entre todos los beneficiarios posibles. ¿Cómo? Una opción sería, en vez de dejar todo al cónyuge, incluir también a los hijos entre los herederos e, incluso, a los nietos. Por ejemplo, imaginemos que un padre tiene un hijo único y éste, a su vez, tiene dos hijos. Si la herencia se divide entre el hijo y los dos nietos se reducirá la factura fiscal.
- Donar en vida. La donación o la cesión de los bienes en vida también está sujeto al Impuesto de Sucesiones, pero está bonificado por parte de las comunidades autónomas, por lo que suele ser una opción con una menor carga fiscal. Además, se recomienda aprovechar los mínimos exentos que algunas regiones aplican para las transmisiones a hijos. Si barajas esta posibilidad, ten en cuenta que varía si la donación es dinero en efectivo o bienes. En este último caso, si estos bienes generan plusvalías, como las viviendas, los fondos o las acciones, hay que incluirlo en la Declaración de la Renta.
- Reducción por vivienda habitual. Cuando la herencia es un inmueble, el Impuesto de Sucesiones contempla, dependiendo de la Comunidad, una reducción de entre el 95% y el 99% con un límite de 122.606,47€. Eso sí, para acogerse a esta reducción, en los diez años siguientes a la transmisión, la vivienda no se puede vender.
- Dónde pagar. En el caso de que donante y receptor residan en la misma comunidad, hay que acogerse a las tasas que contemple el impuesto en ese lugar. Sin embargo, un contribuyente puede cambiar su domicilio fiscal, teniendo en cuenta que se aplicarán las normas de la comunidad autónoma donde el fallecido haya residido más tiempo en sus últimos cinco años de vida. De esta manera, se evitan los cambios exprés de domicilio con la intención de pagar menos impuestos.
- Evitar la doble tributación. Pensar dónde quieres que acaben tus bienes es otra de las formas de ahorrar ante una herencia. Si fallece uno de los miembros del matrimonio y es el viudo quien recibe la herencia, éste tendrá que pagar el Impuesto de Sucesiones al recibirla. Cuando fallezca y esta herencia se transmita a los hijos, estos también tendrán que hacer frente a dicho impuesto. Y se estaría tributando dos veces por lo mismo.
Herencia a beneficio de inventario
La carga fiscal no es la única razón por la que los españoles renunciamos a las herencias. También lo son las deudas, que pasan a ser responsabilidad del heredero. Así, para evitar que una herencia se convierta en un caramelo envenenado, los notarios recomiendan la herencia a beneficio de inventario. Una fórmula que permite que las deudas se paguen con el patrimonio de la herencia. Con esta figura, tras pagar a los deudores, se recibe la parte de herencia que queda.
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