¿Cómo puedo pedir una moratoria de la hipoteca por el coronavirus?

Una de las medidas adoptadas para paliar los efectos de la crisis derivada de la pandemia del coronavirus COVID-19 es la moratoria de la hipoteca. Qué es y cómo puedo solicitarla…
ActualidadTu día a día31 marzo, 20201146814 min

La moratoria de la hipoteca es una de las medidas aprobadas por el Gobierno para paliar la crisis económica derivada de la pandemia del coronavirus COVID-19. Con ella se pretende ayudar a todas aquellas personas que no pueden hacer frente al pago de su hipoteca por la situación de confinamiento actual.

 

No todas las personas con una hipoteca pueden acogerse a este medida. De hecho, sólo pueden hacerlo aquellas que han perdido su empleo debido al coronavirus y en el caso de los empresarios y autónomos, aquellos que hayan visto caer su facturación al menos un 40 por ciento. Y, siempre y cuando, la hipoteca sea sobre vivienda habitual. Pero, además, hay que cumplir una serie de requisitos.

 

¿Qué es una moratoria de la hipoteca?

Una moratoria hipotecaria consiste en el aplazamiento del pago de las cuotas de la hipoteca durante un periodo de tiempo. En este caso, desde el 19 de marzo de 2020, los residentes en nuestro país que se encuentren en situación de vulnerabilidad por el coronavirus pueden solicitar una moratoria de hasta un mes, tal y como se recoge en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

 

Podrán acogerse a esta medida quienes cumplan las siguientes condiciones:

  • Haberse quedado en situación de desempleo o tener una pérdida sustancial de los ingresos o una caída sustancial de las ventas en el caso de autónomos y empresarios.
  • Que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere, en el mes anterior a la solicitud de la moratoria:
    • Con carácter general, el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (IPREM), lo que se traduce en 1.613,52 euros.
    • Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo en la unidad familiar. El incremento aplicable por hijo a cargo será de 0,15 veces el IPREM por cada hijo en el caso de unidad familiar monoparental.
    • Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar.
    • En caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral, el límite previsto será de cuatro veces el IPREM (2.151,36 euros al mes), sin perjuicio de los incrementos acumulados por hijo a cargo.
    • En el caso de que el deudor hipotecario sea persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental, o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, o persona con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65 por ciento, así como en los casos de enfermedad grave que incapacite acreditadamente, a la persona o a su cuidador, para realizar una actividad laboral, el límite previsto será de cinco veces el IPREM (2.689,20 euros al mes).
  • Que la cuota hipotecaria, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35 por ciento de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.
  • Que la carga hipotecaria sobre la renta se haya multiplicado al menos por 1,3.

¿Cómo puedo solicitar esta moratoria?

En el caso de que se cumplan todos estos requisitos, puedes solicitar al banco la aplicación de esta medida. Para ello, se debe presentar junto a la solicitud de la moratoria, la siguiente documentación:

  • En caso de situación legal de desempleo, certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones, en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo.
  • En caso de cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia, certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.
  • Número de personas que habitan la vivienda:
    • Libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho.
    • Certificado de empadronamiento relativo a las personas empadronadas en la vivienda, con referencia al momento de la presentación de los documentos acreditativos y a los seis meses anteriores.
    • Declaración de discapacidad, de dependencia o de incapacidad permanente para realizar una actividad laboral.
  • Titularidad de los bienes:
    • Nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar.
    • Escrituras de compraventa de la vivienda y de concesión del préstamo con garantía hipotecaria.
  • Declaración responsable del deudor o deudores relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos para considerarse sin recursos económicos suficientes.

 

Tal y como se recoge en el Real Decreto, una vez realizada la solicitud de la moratoria, la entidad deberá proceder a su implementación en un plazo máximo de 15 días. Tras la concesión de este aplazamiento, la entidad se le comunicará al Banco de España su existencia y duración a efectos contables y de no imputación de la misma en el cómputo de provisiones de riesgo.

 

Asimismo, también es importante que sepas que, durante el periodo de vigencia de la moratoria, el banco no podrá exigirte el pago de la cuota hipotecaria, ni de ninguno de los conceptos que la integran -amortización del capital o pago de intereses-, ni íntegramente, ni en un porcentaje y tampoco se devengarán intereses.

 

Simulador de moratoria de hipoteca o préstamo consumo en Caja Rural

Las entidades de Grupo Caja Rural han habilitado un simulador digital para que cualquier cliente pueda saber si  se encuentra en situación de vulnerabilidad, tal y como recogen los RD-L 8/2020 y 11/2020, para poder solicitar la moratoria de su préstamo hipotecario o consumo. Los clientes pueden encontrar el acceso al simulador desde la web comercial de su entidad de Grupo Caja Rural.

La información que ofrece el simulador de moratoria de préstamo hipotecario o consumo es informativa y no vinculante. A través de este simulador,  cualquier cliente podrá responder a unas sencillas preguntas y conocer si cumple los requisitos necesarios para solicitar la moratoria de la hipoteca o préstamo al consumo que tiene con su entidad.

Y, recuerda, ante cualquier duda, te recomendamos que solicites información a tu entidad financiera para que tu gestor pueda analizar tu caso y orientarte en las opciones disponibles.

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